InicioVerticalLa Corte despenaliza el aborto

La Corte despenaliza el aborto

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación de México ha despenalizado el aborto, el cual se elimina del código penal federal mexicano y los servicios de salud pública deben proporcionar la interrupción del embarazo a cualquier persona que lo solicite

 

Lo anterior fue aprobado por unanimidad, en la primera sala y en respuesta a un juicio de amparo directo que interpuso un colectivo de mujeres, por lo que ahora la penalización del aborto es inconstitucional.

 

Los magistrados determinaron que la penalización del aborto viola los derechos humanos de las personas.

 

Cada persona es libre de determinar si continúa o suspende un embarazo.

 

El aborto ya había sido despenalizado por primera vez en el país en el año de 2007, en el entonces Distrito Federal, ahora Ciudad de México y desde hace 16 años, en 12 estados el aborto ya había sido despenalizado, el último estado fue Aguascalientes.

 

En el estado de Puebla, diversos colectivos han solicitado a los diputados del Congreso del Estado, la despenalización del aborto, pero los representantes ciudadanos, desde hace varias legislaciones, se mostraron zacatones a la despenalización y sólo se dedicaron patear el bote y heredar el problema a otras legislaturas.

 

Actualmente, el castigo para quien se practique un aborto es de seis meses a un año de prisión, o cinco años sin incurrían agravantes.

 

Así, las mujeres finalmente van a tener acceso a abortos seguros a través de las instituciones oficiales, mismas que no podrán negarse a realizar este tipo de intervenciones.

 

La despenalización fue empujada de manera y constante por el colectivo denominado, Grupo de Información en Reproducción Elegida, y una de sus prominentes activistas ha sido Isabel Fulda.

 

Es preciso señalar que actualmente, más del 70 por ciento de las personas acceden al IMSS, ahora IMSS Bienestar, por lo que el reto es mayor, si se toma en cuenta que prácticamente los servicios de salud están en franca quiebra.

 

Obviamente, intervenciones de este tipo, requieren de un cambio de calidad, y de operatividad, pues en estos casos no pueden citar a una mujer a que se practique un aborto muchos meses después.

 

También hay que referir que, a partir de ahora, los médicos cirujanos, comadrones o parteras, no serán sancionados como lo ordenaba la ley; eran sentenciados a la suspensión de dos a 5 años en el ejercicio de su labor. Ahora ya no será así.

 

Y aún más las personas que están en medio de proceso, por denuncias por aborto, ahora ya no van a enfrentar las penas por sentencias de un juez.

 

En Puebla, donde nuestros diputados fueron cobardes al tema, deberán modificar los códigos penales, y ya tienen el pretexto en el cual ampararse, pues están obligados a homologar sus códigos penales.

Compartir
RELATED ARTICLES

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Advertisment -spot_imgspot_imgspot_imgspot_img

Most Popular

Recent Comments